“El verdadero desacato es ignorar la voluntad del pueblo.“
El 21 de octubre, Sergio Sarmiento publicó una columna en Reforma, donde acusa a la presidenta Claudia Sheinbaum de desacato por no cumplir con una orden judicial para retirar la reforma judicial del Diario Oficial de la Federación. A lo largo de su texto, Sarmiento sostiene que esta decisión equivale a un golpe de Estado, planteando una narrativa que, además de inexacta, está plagada de falacias jurídicas que merecen ser desmontadas.
Sarmiento basa su crítica en que Sheinbaum, al no acatar el mandato judicial, estaría violando el Estado de derecho, erigiéndose como una especie de "juez máximo". Sin embargo, este argumento ignora elementos fundamentales de la legalidad en México. La reforma judicial a la que hace referencia fue aprobada a través de un mandato legislativo democrático, un proceso plenamente legítimo que no puede ser revertido por la decisión de un solo juez. Es más, el juicio de amparo en este contexto no solo es improcedente en términos constitucionales, sino que también pasa por alto el principio de soberanía popular que respalda las reformas impulsadas en el marco de la Cuarta Transformación.
Es importante recordar que el poder constituyente no solo crea la Constitución, sino que también establece un órgano encargado de reformarla. Este órgano reformador tiene una capacidad de configuración ilimitada, lo que implica que sus actos no pueden ser revisados formal o materialmente. Está compuesto por dos tercios de las cámaras del Congreso y 17 legislaturas estatales. Desde 1917, se han realizado 805 modificaciones a la Constitución, lo que muestra que la política mexicana ha encontrado en este proceso un espacio legítimo para adaptarse a los tiempos. Estas reformas cuando impugnadas, son rechazadas de inmediato por su improcedencia en el juicio de amparo, lo que evidencia el consenso general sobre su legitimidad y sobre el respeto a la soberanía popular.
A raíz de esta evolución constitucional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha desarrollado una doctrina jurisprudencial que establece que el procedimiento de reformas y adiciones a la Constitución es exclusivo y soberano, por lo que no está sujeto a control jurisdiccional. Este proceso se considera extraordinario y distinto al funcionamiento ordinario de otros órganos del Estado. En otras palabras, no corresponde a un juez de distrito revertir un acto que emana directamente de la voluntad del órgano reformador. Así, los juicios de amparo presentados por la oposición no tienen fundamento sólido, ya que la Constitución otorga al órgano reformador su capacidad soberana de cambio.
Lo que Sarmiento y otros críticos pasan por alto es que el proceso de reforma constitucional está firmemente respaldado por la estructura democrática de México, construida a partir de la voluntad del pueblo, quien es el verdadero poder constituyente. Al ignorar estos principios básicos de la soberanía popular, Sarmiento cae en una narrativa que tergiversa la realidad jurídica para justificar su oposición política. La verdad es que, al tratar de frenar estas reformas, lo que realmente se busca es proteger un sistema que, hasta ahora, ha favorecido a las élites.
El poder constituyente, tal como se entiende en la tradición democrática mexicana, es ilimitado y reside en el pueblo, quien tiene la capacidad de organizar y modificar el Estado según sus necesidades. En este contexto, la Constitución es el espacio donde la política y el derecho se encuentran, y donde la soberanía popular puede ejercer su poder para transformar la organización política de la nación. La legitimidad de este proceso queda reforzada por el hecho de que la Suprema Corte reconoce que las reformas constitucionales no están sujetas a revisión judicial. Esto garantiza que el proceso de reforma sea un acto soberano, alejado de los vaivenes políticos y las tácticas de obstrucción. Por lo tanto, al pretender desacreditar este proceso a través de juicios de amparo, la oposición está luchando contra un proceso legal que tiene su raíz en la soberanía del pueblo.
La columna de Sarmiento deja entrever un miedo profundo al cambio. La crítica de Sergio Sarmiento, más que una defensa del Estado de derecho, es un intento de proteger un sistema judicial que ha favorecido históricamente a las élites. Al invocar el desacato, Sarmiento ignora la naturaleza democrática del proceso de reforma constitucional y pasa por alto que el verdadero poder reside en la soberanía del pueblo. La narrativa del "desacato" es, en el fondo, una cortina de humo para deslegitimar un proyecto de transformación que busca hacer de la justicia un derecho accesible para todos.
La narrativa de desacato, golpe de estado, populismo y dictadura que algunos sectores intentan imponer, como el caso que nos ocupa, revela la desesperación de quienes las promueven sobre la realidad política del país. Como grupo perdedor en el nuevo mapa político, recurren a estos discursos para justificar su incapacidad de ofrecer alternativas reales. Pero, lejos de convencer, solo refuerzan su distanciamiento de un México que demanda justicia, inclusión y un cambio auténtico en sus estructuras de poder.
En última instancia, el poder constituyente del pueblo sigue siendo el pilar fundamental que sostiene la legitimidad de las reformas constitucionales en México, asegurando que el Estado evolucione conforme a las necesidades democráticas de la nación.

Muy completa tu nota Raúl, totalmente de acuerdo.
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